Obligatio - Requisitos del acto jurídico

Saludos nuevamente, estimado lector.

En la presente entrada, buscaré explicarles cuáles son los requisitos que tiene el acto jurídico, el cual ya expliqué previamente qué era, pero para que vean que soy muy amable les repito en qué consiste.

El acto jurídico toda acción realizada por una persona mediante el uso de la voluntad para dar, hacer o no hacer, asumiendo que éste contraerá consecuencias jurídicas.

Ahora bien, vamos a tratar una temática que por alguna razón a los estudiantes de Derecho se nos va mucho, ¿cuáles son sus requisitos?

Para empezar, tenemos dos tipos de requisitos, los requisitos de existencia y de validez.

Comenzaremos con los requisitos de existencia, que se refiere a que son los necesarios para que el acto jurídico, valga la redundancia, exista dentro del mundo del derecho, indispensables para que nazca el acto jurídico, y los cuales son los siguientes:
  • Manifestación de la voluntad: que la persona lo realice con absoluta intención.
  • Objeto: que sea respecto de algo en particular, que sea física y jurídicamente posible, y crea, modifica, extingue o transmite derechos y/o obligaciones.
  • Causa: el por qué realiza el acto, de dónde surge (cabe mencionar que este requisito no se aplica mucho en el ordenamiento mexicano doctrinariamente, sino en otros países).
  • Solemnidad: requisito dentro de ciertos actos, una formalidad determinada, como la Toma de Protesta del Presidente de la República en la que tiene que decir las palabras emanadas del artículo 87 constitucional.

Pasando ahora a los requisitos de validez, que en su ausencia el acto resulta inválido, son los correspondientes:
  • Voluntad no viciada: que al realizar el acto la persona no haya sido obligada mediante amenazas, violencia, etc.
  • Fin lícito: que esté de acuerdo con las leyes, que no sea algo prohibido.
  • Capacidad: que quien realiza el acto tenga la capacidad de hacerlo, como lo puede ser el cumplir la mayoría de edad.
  • Forma: que cumpla cierto requisito, como el hecho de que se encuentre escrito.

Para lograr distinguir estos dos requisitos les pondré un ejemplo un tanto cruel que nos enseñó un profesor: 

Imaginen que el acto jurídico es un bebé, si le falta un requisito de validez sí nació, pero le faltan las piernitas, y si le falta un requisito de existencia simplemente no nació.

Espero haber logrado ampliar tu cultura general, ¡hasta la próxima entrada!

"Un abogado preparado es justo, y eso es justo lo que este país necesita"

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